Conchi Pérez: “Los montes en mano común son la forma primigenia de su gestión colectiva por los vecinos”

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La superficie forestal ocupa un 68% del territorio asturiano, lo que denota el peso específico que tienen los montes en el aprovechamiento de sus recursos y su importancia ambiental. Pese al potencial que pueden suponer como generadores de riqueza y empleo, todavía persisten problemas estructurales como clarificación de sus lindes y la clasificación de su propiedad. Una de las iniciativas, surgida hace tres años, es la Coordinadora de Montes Vecinales en Mano Común del Principado de Asturias. Conchi Pérez Lamelas, su presidenta, explica que la plataforma “nació en 2018, a base de ir encontrándonos en el edificio de la Consejería y en distintos foros de materia forestal y de propiedad. La formamos gente de distintas comunidades y representantes de asociaciones vecinales con un especial interés en la gestión del territorio, no únicamente en los montes vecinales”. En cuanto a las funciones que desempeñan, su presidenta señala que “consideramos que podríamos crear una organización que tuviese un talante, sobre todo, de información, divulgación y atención a la demanda que tenía parte de la sociedad respecto al conocimiento de la propiedad privada colectiva, como son los montes vecinales en mano común.

Además, también tratamos otros temas forestales, como pueden ser subvenciones, planes de ordenación, acceso a ayudas, problemas fitosanitarios o deslindes”. Respecto a las figuras jurídicas y de gestión de las superficies forestales, Pérez Lamelas explica que “en la Constitución Española no se contempla la propiedad comunitaria. Sin embargo, en Portugal, sí se recoge como una propiedad diferenciada de la pública y la privada. En nuestro país, los montes vecinales en mano común han sido encajados como montes privados de gestión colectiva. Por tanto, se han quedado colgados”. Ante esta situación, detalla que “la propiedad regida en mano común, no tiene un origen románico, sino germánico, por lo cual, no tiene un concepto como tal. Nadie es propietario individual de esa parte del territorio, sino que ejerce el uso colectivo dentro de una comunidad. Este uso está regulado en unos estatutos, mediante los cuales funciona la comunidad de montes. No es que cada uno haga lo que le dé la gana, ni se ejerce una administración caciquil sobre el monte”. Por el contrario, argumenta que “históricamente, ha sido la Administración la que ha ejercido un acoso y derribo a la gestión colectiva de la tierra por parte de los vecinos. Los montes en mano común son la forma primigenia de esa gestión colectiva”.

En cuanto a requisitos para que los vecinos de un pueblo puedan solicitar que sus montes aledaños pasen a clasificarse como en mano común, Conchi Pérez apunta que “deben crear una asociación vecinal al uso e inscribirse en el Registro de Asociaciones del Principado, con unos estatutos. Deben exponer que quieren solicitar un monte como vecinal y su propiedad ante la Administración, elegir presidente, secretario, tesorero y uno o dos vocales”. A su vez, detalla que “no es lo mismo la asociación vecinal que la futura comunidad de montes, pero sí que se trasladará. La gente que forma la asociación inicial es la que crea la comunidad y traslada sus estatutos a la Administración, pero una vez que el monte esté clasificado”. Sin embargo, según la presidenta de la coordinadora, “pese a que el jurado de clasificación se está reuniendo periódicamente, cosa que no ocurría desde hace 20 años, los expedientes que se han resuelto fueron de montes en los que los ayuntamientos no declararon interés por reclamarlos a sus vecinos y no estaban clasificados como de utilidad pública.

Más de la mitad de los expedientes que se han presentado están clasificados como montes de utilidad pública y ninguno de ellos fue resuelto”. En consecuencia, Pérez Lamelas denuncia que “tenemos la sospecha de que se resolverán contrarios a la clasificación. Uno de los motivos es que los instructores que se encargan de las solicitudes son los mismos que clasificaron esos montes como de utilidad pública. Por eso, desde la coordinadora pedimos a las comunidades vecinales pedimos que cada una de las comunidades que tengan montes declarados como de utilidad pública vayan al juzgado a reclamar esa clasificación como monte vecinal. Hay jurisprudencia y el Tribunal Supremo se ha pronunciado hasta la saciedad”.

Demora en las resoluciones

Respecto a la actitud de las Administraciones ante las solicitudes de clasificación, Conchi Pérez Lamelas recalca que “hay bastante demora en las resoluciones, falta presupuesto y una apuesta sin ambages. Si esto se para y los plazos se hacen infinitos, esta iniciativa se duerme. Es una forma de actuar de la Administración”.