Juan Carlos Menéndez González, abogado de la empresa Serconsulting (Asesoría Jurídica de Aseagro)

Tras la aprobación por el Principado de Asturias de la ley 7/2017 de 30 de junio se han modificado las disposiciones legales vigentes en materia de impuestos de sucesiones y donaciones. A partir del 1 de enero de 2018 entrará en vigor la nueva regulación del impuesto de donaciones que rebaja las tarifas del tributo, además incluye un descuento del 99% del valor de lo que se transmite cuando sea una explotación agraria en caso de cumplir una serie de requisitos. Fiscalmente es el mejor momento para planificar la sucesión de las explotaciones agrarias desde el punto de vista de los impuestos de sucesiones y donaciones.

-¿Qué beneficios aporta la nueva ley?

-Hasta el 31 de diciembre de 2016 cuando una persona recibía por vía de herencia algo que superaba la cantidad de 150.000 euros (fincas, dinero, vehículos, casa, piso…), tenía que pagar el impuesto de sucesiones. Desde el 1 de enero de 2017 el cambio normativo consiste en que hay una reducción de la base imponible hasta los 300.000 euros. Si un hijo único por ejemplo recibe 270.000 euros, hace un año pagaba bastante y ahora no pagaría nada.

-¿Y la novedad para 2018?

-Para el 1 de enero de 2018 entrará en vigor la nueva regulación del impuesto de donaciones que rebaja las tarifas, la reducción es muy importante. Si ahora se realiza una donación de 8.000 euros se paga al 7,65 y si se hace la misma donación a partir del 1 de enero de 2018 se pagaría el 2%. La reducción es importante, a no ser que tengas más de 402.000 euros. El ciudadano medio no suele tener ese patrimonio y va a pagar una cuarta parte de lo que pagaba. En el sistema general, es un escenario favorable fiscalmente.

-¿Y en qué influye a las explotaciones agrarias?

-A mayores, esta ley incluyó para las sucesiones un descuento del 99% del valor de lo que se transmite cuando sea una explotación agraria. Actualmente un señor que pensara donar a su hijo un valor de 300.000 euros tendría que pagar 34.200 euros, pero si es explotación agraria para realizar una actividad agraria con la reducción pagaría 342 euros. Este cambio normativo en donaciones rebaja la factura fiscal extraordinariamente. Hay que cumplir determinados requisitos técnicos que se analizan en cada caso, pero el tipo medio de nuestros clientes cumplirían perfectamente. También es aplicable a negocios familiares.

-¿Y si la explotación agrícola está ya cerrada?

-Sería aplicable para explotaciones agrarias en funcionamiento o abierta en los dos años anteriores. Si alguien se jubila y hace la donación al hijo o a la nuera que se van a incorporar, es aplicable.

-¿Son los asturianos de explotaciones agrarias dados a dejar solucionado el tema de la sucesión?

-Aquí el elemento clave es que hay que hacer testamento y disponer de los bienes de la manera que el titular de la explotación desee, es la mejor receta para  que planifique y programe lo que se va a hacer. Un testamento cuesta 39 euros y se puede cambiar en cualquier momento. Si no se deja arreglado, los líos vienen después. Todavía sigue habiendo una inacción por parte de la gente mayor, suele partir de los hijos planificar la sucesión. Fiscalmente es el mejor momento para planificar la sucesión de las explotaciones agrarias desde el punto de vista de los impuestos de sucesiones y donaciones. Nunca hubo un escenario tan facilitador y una factura tan baja como la que puede haber ahora.