El programa de vigilancia de tuberculosis bovina para 2024 solo exigirá un muestreo representativo de las ganaderías elegidas por factores de riesgo

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El programa de vigilancia de la tuberculosis bovina para 2024 en Asturias únicamente exigirá un muestreo representativo de las ganaderías seleccionadas por factores de riesgo, a diferencia del criterio que se aplicaba hasta ahora y que imponía el muestreo en todas las ganaderías.

Esta es la principal novedad de la norma que regulará en 2024 la campaña de saneamiento ganadero para la erradicación de enfermedades, cuyo contenido se puede consultar en el siguiente enlace del Boletín Oficial del Principado (Bopa): http://tinyurl.com/4efd533y

Para determinar el riesgo de las explotaciones se tomarán en consideración los siguientes factores:

•    Explotaciones ubicadas en concejos en los que se hayan producido focos de esta enfermedad durante los últimos años en ganado doméstico y/o en fauna silvestre.

•    Instalaciones trashumantes a provincias o comarcas con una prevalencia de tuberculosis superior al 1%.

•    Ganaderías afectadas por algún foco de esta patología en la última década y en las que no se aplicara el vacío sanitario.

•    Explotaciones dedicadas a la recría de novillas.

•    Ganaderías que tengan una tasa de reposición anual externa que supere el 20% del censo medio.

Las campañas anuales de saneamiento ganadero se llevan a cabo en Asturias desde 1986, lo que ha favorecido la declaración de la comunidad como región oficialmente indemne de leucosis bovina enzoótica, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, y libre de perineumonía contagiosa bovina

La resolución publicada establece que la campaña se realizará, con carácter obligatorio, en explotaciones de ganado vacuno, ovino y caprino;  en función de un muestreo que garantice el estatus sanitario de la comunidad. Los establecimientos se seleccionarán de forma aleatoria, según el programa de vigilancia de cada enfermedad.

Otra novedad de esta campaña son los nuevos requisitos exigidos a las explotaciones trashumantes a provincias que no están libres de tuberculosis. En estos casos, se exigirán pruebas diagnósticas 30 días antes del retorno de los animales a Asturias, si la prevalencia de la enfermedad en la provincia de origen es superior al 1%. Si la prevalencia es inferior o igual al 1%, las pruebas también deberán realizarse 30 días antes con carácter general, aunque podrían autorizarse de forma excepcional tras el regreso de los animales al Principado.

Todas las explotaciones de ganado caprino que conviven o aprovechan pastos comunes o mantienen relación epidemiológica con rebaños de bovino, así como las que producen leche o productos lácteos, se someterán a la campaña de control y erradicación de tuberculosis.

En cuanto al porcino, se realizarán controles serológicos para detectar la enfermedad de Aujeszky y muestreos aleatorios de peste porcina, tanto clásica como africana. Por su parte, en las instalaciones de acuicultura continental se efectuarán controles de septicemia hemorrágica viral y necrosis hematopoyética infecciosa.

La Consejería de Medio Rural y Política Agraria podrá decidir, en aquellas explotaciones o zonas con alta incidencia de alguna de las enfermedades objeto de la campaña de saneamiento, la investigación de otras especies de la explotación susceptibles también de padecerlas.

Las explotaciones sometidas a la campaña deben estar inscritas en el registro correspondiente y los animales, identificados individualmente.

Todas estas medidas pretenden mantener el estatus sanitario de la comunidad, lo que permite disminuir pérdidas económicas, minimizar el riesgo para la salud pública y aumentar las posibilidades de comercialización en los mercados de ganado con garantía sanitaria.